Estos son los principales trámites de puesta en marcha de una empresa:
- Agencia Tributaria--> número de identificación fiscal (NIF) (la declaración de inicio de actividad y las etiquetas identificativas)
- Con la Tesorería de la Seguridad Social se inscribe la empresa y se hace la apertura de la cuenta de cotización. También aquí se tramita el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la afiliación y el alta de los trabajadores.
- Con la comunidad autónoma correspondiente se realiza la comunicación de la apertura de la actividad, las autorizaciones, las licencias y los registros específicos (industrial, sanitario, agroalimentario, comercio, transporte, turismo, etc.).
- Con el ayuntamiento se obtiene la información, el asesoramiento, la entrega de documentación, el registro y la tramitación de las licencias municipales de actividades, de instalaciones y urbanísticas y la licencia de apertura del local o la solicitud de cambio de titularidad.
- Con las Cámaras de Comercio se puede obtener el asesoramiento gratuito sobre la forma jurídica de la empresa que más convenga, los trámites administrativos, las obligaciones frente a las administraciones e información sobre subvenciones y ayudas públicas.
- Además, se puede solicitar el alta en la Delegación de Hacienda de la ciudad, modelo 036
- Se puede redactar la escritura de constitución de la empresa e inscribirla en el Registro Mercantil.
- De igual forma, conviene no olvidar los seguros obligatorios. El seguro de responsabilidad civil responde de los daños civiles que pueda provocar la empresa en el desarrollo de su actividad mercantil o profesional. En algunos casos no es obligatorio, pero es uno de los seguros que más se recomienda contratar. El seguro a los trabajadores es un seguro personal a la plantilla que se fija en los distintos convenios colectivos. Es habitual que estas pólizas cubran una indemnización por accidente, incapacidad permanente, e incluso, muerte.
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